JUNTAS, PRUEBAS ANTE LAS.
Si una Junta no admite la prueba confesional de una persona, que no es parte en un juicio arbitral, obra correctamente, si además aparece que solamente asesoró al actor en la reclamación arbitral, tanto más si se tiene en cuenta que, según el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo, las partes podrán solicitar la citación de las personas que en el mismo se señalan, y no consta que la aludida estuviera comprendida entre aquéllas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378516-3d694759/juntas-pruebas-ante-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8098/39. Cásares Galera Eulalio, sucesión de. 8 de marzo de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio M. Trigo.
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