VELADORES, SERVICIO CONTINUO DE LOS.
El hecho de que frente a un establecimiento cuya vigilancia está al cuidado de un trabajador, se estacione algún comercio ambulante y su vigilancia se le encomiende al velador de la casa comercial, por la cual está contratado, no quiere decir que su trabajo de velador no sea contínuo, porque precisamente si vigila dicho pequeño comercio ambulante, es por el hecho de que se ha estacionado frente a la casa comercial de la que es trabajador de planta, ya que tan luego como se ubicara ese pequeño comercio ambulante en otro lugar, tal vigilancia se le haría imposible, so pena de abandonar o descuidar el servicio de su patrono, por tanto, la Junta que al resolver el conflicto arbitral que ante ella se plantea, en su laudo se apega a este criterio, estará en lo justo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378682-98e8ba8c/veladores-servicio-continuo-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TRABAJADORES AL SERVICIO DE VARIOS PATRONOS (VELADORES). (s/clave)
- PRESTACIONES LABORALES, INDEBIDA CONDENA PARCIAL DE LAS. (s/clave)
- HORAS EXTRAS, CUANDO NO PROCEDEN LEGALMENTE AUNQUE EL PATRON NO CONTROVIERTA EL HORARIO. (II.2o.112 L)
- TRABAJADORES FERROCARRILEROS (ESPECIALIDAD DE VIGILANTES). (s/clave)
- TRABAJO, COMPROBACION DEL CONTRATO DE. (s/clave)
- SALARIOS EXTRAORDINARIOS, PAGO DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis