OBREROS INCAPACITADOS, SALARIOS DE LOS.
La ley del trabajo, no manda que se pague a los obreros incapacitados temporalmente, durante el tiempo de su incapacidad, el 75 por ciento de sus salarios, y si conforme a lo pactado en el contrato colectivo, la empresa se obliga a cubrir en tales casos, la totalidad de los salarios y se trata de un obrero que no percibe salario fijo, como base para el pago, debe tomarse la cantidad que resulte como promedio diario, en el último mes anterior al accidente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378957-2f1a17c5/obreros-incapacitados-salarios-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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