EMPLEADOS PUBLICOS, SUELDO DE LOS, EN CASO DE SEPARACION.
En caso de separación de un empleado público, no hay razón para obligarlo para que reintegre los sueldos que ha percibido en el desempeño de su puesto, ni para que la autoridad se niegue a cubrirlos, por lo que la orden en ese sentido, es violatoria de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/379413-5a6610d0/empleados-publicos-sueldo-de-los-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 86/39. Muratalla Torres Austreberto y coagraviado. 9 de marzo de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator y ausente: Agustín Aguirre Garza.
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