RIESGO PROFESIONAL, PAGO DEL.
Si no existe en el expediente respectivo prueba alguna, por la cual se demuestre que el reclamante de una indemnización por muerte de un trabajador, sea menor de edad y no tenga derecho a la indemnización, y por el contrario, la Junta estima que con la declaración de unos testigos, se comprobó la dependencia económica de éste con el trabajador fallecido, la empresa estará obligada a cubrir la indemnización, sin que sufra, perjuicio alguno su interés jurídico con que el beneficiario sea una persona u otra, pues en todo caso, quedará liberada de nuevo pago acatando un laudo de la autoridad del trabajo, al hacer el pago de la indemnización a la persona que ésta designe, como beneficiaria.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/379537-301ab071/riesgo-profesional-pago-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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