TRABAJO, EMPLAZAMIENTO ILEGAL EN MATERIA.
Si consta en el expediente de un juicio arbitral, que se libró exhorto al presidente de una Junta de conciliación para que llevara a cabo un emplazamiento, y el mencionado presidente manifiesta que devuelve diligenciado el exhorto respectivo, pero si no lo hace acompañado éste, o copia certificada del mismo, no queda comprobado que real y efectivamente fue hecho tal emplazamiento, y con más razón si es objetado lo afirmado por el mencionado presidente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/379697-e8b846fa/trabajo-emplazamiento-ilegal-en-materia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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