COMPETENCIAS EN MATERIA DE TRABAJO, EN CASO DE CONFLICTOS ENTRE UN SINDICATO DE TRABAJADORES MINEROS Y UNA PERSONA EXTRAÑA A EL.
El conflicto suscitado entre un sindicato industrial de trabajadores mineros y una persona que no pertenece a ese sindicato, a quien prestaba servicios, no afecta en lo absoluto a la minería, que es la condición precisa para que el caso quede comprendido, dentro de la competencia que establece el artículo 73, fracción X, de la Constitución Federal, para que corresponda a la jurisdicción federal el conocimiento del conflicto; y para que se surta esa competencia, es necesaria la existencia de un conflicto que tenga relación con la industria minera, y la reclamación que la persona que presta servicios a un sindicato formula contra el mismo, no toca, ni remotamente, a dicha industria, y la competencia debe decidirse en favor de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje común que corresponda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/379878-e2f647dc/competencias-en-materia-de-trabajo-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- MINERIA, COMPETENCIA DE LAS JUNTAS, TRATANDOSE DE CONFLICTOS DE TRABAJO RELACIONADOS CON LAS EMPRESAS DE. (s/clave)
- COMPETENCIA EN LOS CONFLICTOS DE TRABAJO DE LAS INDUSTRIAS METALURGICAS. (s/clave)
- TRABAJO, COMPETENCIA EN MATERIA DE, TRATANDOSE DE EMPRESAS METALURGICAS. (s/clave)
- MINERIA. DEMANDA DE RECUPERACION DE DERECHOS SINDICALES. COMPETENCIA. (s/clave)
- COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO, CON RELACION A INDUSTRIAS CONEXAS CON LA EXTRACCION DE MATERIAS MINERALES. (s/clave)
- COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO, DETERMINACION DE LA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis