SALARIOS CAIDOS, PAGO DE LOS.
La Cuarta Sala de Suprema Corte ha sustentado el criterio de que a los patronos corresponde demostrar el pago de los salarios de los trabajadores, cuando éstos sostengan que no se les han cubierto los ya devengados, porque los propios patronos se encuentran en posibilidad de soportar la carga de la prueba, lo que no ocurre con el obrero, ya que éste tendría que demostrar un hecho negativo, respecto del cual nunca obra en su poder constancia alguna.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/379914-45b2b2b2/salarios-caidos-pago-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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