SALARIOS, IMPROCEDENCIA DE LA NIVELACION DE LOS.
La circunstancia de que a determinados obreros se les retribuya con un salario mayor que a otros, en el mismo trabajo, no hace procedente la nivelación de salarios, si los primeros venían percibiendo ese salario en puestos de categoría superior y en virtud de haber sido víctimas de riesgos profesionales, se les dio un trabajo de categoría inferior, por ser el único que podían desempeñar, en atención a su estado de salud; pero sin reducirles los salarios que primitivamente percibían, precisamente para no causarles perjuicios económicos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/380096-4050f8f2/salarios-improcedencia-de-la-nivelacion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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