ENFERMEDADES PROFESIONALES, PRUEBA DE LAS.
Aun cuando un certificado médico ligue, en cierto sentido, el padecimiento sufrido por un trabajador, con su trabajo habitual, indicando que la causa probable de esa enfermedad fue un enfriamiento, lógicamente no puede concederse a tal certificado más fuerza probatoria, que la relacionada con la certificación de la existencia del padecimiento y con el diagnóstico respecto de su causa probable, pero no la suficiente para que, por sí solo, determine la convicción plena de que el padecimiento fue adquirido durante el trabajo o como consecuencia del mismo, puesto que siendo estos hechos o circunstancias ajenas a la naturaleza técnica del certificado médico, se requiere para ese efecto, la aportación de otras pruebas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/380454-7dd8aa71/enfermedades-profesionales-prueba-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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