ENFERMEDADES PROFESIONALES, DETERMINACION DE LA EXISTENCIA DE LAS.
Para determinar la existencia de una enfermedad, si la misma fue, o no, contraída al servicio de una empresa, si aquella tiene o no, el carácter de profesional, y la incapacidad resultante, es indispensable la aportación al juicio laboral de datos científicos suficientes para ello, pero no es necesario que esos datos sean ofrecidos precisamente bajo la denominación de prueba pericial, pues aun siéndolo con el carácter de prueba documental, consistente en certificados médicos, el contenido de éstos es eminentemente técnico, con lo cual basta para que se pueda hacer la comprobación de los extremos indicados. Por tanto, para la referida comprobación, es de tomarse en cuenta el certificado expedido por un médico y ofrecido por la parte actora.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/371682-65a283ba/enfermedades-profesionales-determinacion-de-la-existencia-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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