SINDICATOS, EXISTENCIA LEGAL DE LOS.
Los requisitos que debe llenar todo sindicato, no son únicamente los establecidos por el artículo 242 de la Ley Federal del Trabajo, si no que también deberá constituirse de acuerdo con las disposiciones de los artículos 233, 237, 238, 246 y demás relativos del propio ordenamiento, y como el artículo 245 de la propia ley, declara la nulidad de los actos de un sindicato, que no reúna los requisitos que la misma exige, sancionando a la autoridad que lo registra en estas condiciones, es claro que la Junta ante la que se pida el registro, puede investigar, aun sin facultades expresas, si el sindicato ha sido constituido con apego a las disposiciones legales aplicables.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/381476-8bb93b59/sindicatos-existencia-legal-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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