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TRABAJADORES, BASE PARA LA INDEMNIZACION A LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 382080 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 1419

Si una Junta de Conciliación y Arbitraje incurre en un error al sostener que el salario que debe servir de base para calcular la indemnización que debe pagar la empresa de los Ferrocarriles Nacionales de México, por riesgo profesional, sufrido por un trabajador, era determinada cantidad, error que se pone de manifiesto con la simple lectura del laudo respectivo, en lo que se expresa que la base señalada por la parte actora, en la demanda, para calcular la mencionada indemnización, fue una cantidad menor de la señalada posteriormente en la audiencia de pruebas y excepciones, cantidad que no fue contradicha por la empresa, es indudable que esta última cantidad y no la que había señalado erróneamente la Junta, es la que debe servir de base para calcular la citada indemnización; por otra parte, la afirmación de la empresa de que negaba la demanda en todas y cada una de sus partes, no puede entenderse en el sentido de que negaba el monto del salario, toda vez que el artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo, previene que el demandado debe referirse a todos y cada uno de los hechos que comprende la demanda, y si de la contestación a la misma, se desprende que la empresa niega la existencia del accidente de trabajo, pero no se refiere de manera especial al salario devengado por el trabajador, lo que confirma si se tiene en cuenta que, precisamente, por ello, afirmó la Junta que no se había contradicho el salario fijado en la demanda, es claro que debió servir de fundamento al laudo, la última cantidad señalada en la audiencia de pruebas y alegatos.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382080-02767a8e/trabajadores-base-para-la-indemnizacion-a-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión en materia de trabajo 974/35. M. viuda de García Constancia. 17 de octubre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente. Xavier Icaza. Relator: Alfredo Iñárritu.

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