TRABAJADORES, PRELACION DE LOS CREDITOS DE LOS.
Si un trabajador, para hacer efectivo el cobro de sus salarios, embarga bienes pertenecientes al patrono, que éste había dado en prenda a otra persona, para garantizar una deuda, si se trata de rematar dichos bienes para pagar salarios del trabajador, y se interpone tercería por quien ha recibido en prenda dichos bienes, debe tenerse en cuenta que el artículo 36 de la Ley Federal del Trabajo, establece que: "En los casos de quiebra, liquidación, embargo, o sucesión, ya sea que continúe el trabajador prestando sus servicios, o no, el síndico, liquidador, depositario, albacea o interventor, estarán obligados a pagar, en el plazo de un mes, contado a partir del momento en que se presente cualquiera de los casos enunciados, salarios devengados y reconocidos por la autoridad del trabajo.". En esa virtud, si no se trata de alguno de los casos de excepción señalados por la fracción XXIII del artículo 123 constitucional y por el artículo 97 de la Ley Federal del Trabajo, (concurso , quiebra o sucesión), sino que simplemente se trata de un embargo, se rige exclusivamente por lo establecido en el citado artículo 36 de la Ley Federal del Trabajo, y debe concluirse que las mencionadas disposiciones, no tienen aplicación alguna, por lo que es indudable que no pudo violarlas la Junta señalada como responsable, la que, por otra parte, ha reconocido el crédito por salarios devengados, por el trabajador, estuvo en lo justo al considerar preferente este crédito, sobre el aducido por otra persona, cuando estimó improcedente la tercería de preferencia interpuesta por dicha persona, y estuvo en lo justo también, al estimar preferente, en su totalidad, el crédito del mencionado trabajador, porque no se trata de quiebra o liquidación judicial, ni de sucesión, sino simplemente de un embargo, y no importa cuál fuese el origen y naturaleza del crédito del tercerista.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382260-580a4d77/trabajadores-prelacion-de-los-creditos-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TRABAJADORES, PRELACION DE LOS CREDITOS DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES, PRELACION DE LOS CREDITOS DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES, CREDITOS DE LOS. (s/clave)
- CREDITOS DE LOS TRABAJADORES, PREFERENCIA DE LOS. (s/clave)
- CREDITOS DE LOS TRABAJADORES, PREFERENCIA DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES, PREFERENCIA A LOS CREDITOS DE LOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis