DOCUMENTOS PRIVADOS, PRESENTADOS COMO PRUEBA ANTE LAS JUNTAS.
Si una Junta de Conciliación y Arbitraje estima que unos documentos privados exhibidos por un trabajador, no hacen prueba plena, por no estar ratificadas las firmas de sus signatarios, tal estimación no es violatoria del artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, ya que la mencionada Junta goza de amplia facultad para conceder valor a las pruebas rendidas por las partes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382335-994967a4/documentos-privados-presentados-como-prueba-ante-las-juntas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3537/35. Sindicato de Ferrocarrileros de la República. 29 de noviembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.
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