SINDICATOS, REGISTRO DE LOS.
Si el patrono no demuestra que el sindicato reclamante, al solicitar su registro, tenía el carácter de sindicato de oficios varios, y que el registro se efectuó por haberse transformado aquél en un sindicato gremial, no puede sostenerse que hubo violación del procedimiento y, además, conforme a la jurisprudencia de la Corte, el quejoso debe demostrar las violaciones que se hubieran cometido, y justificarlas en la audiencia constitucional respectiva, ante la Junta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382682-2726d61d/sindicatos-registro-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1336/35. Rueda José N. y coagraviados. 22 de agosto de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.
Jurisprudencia relacionada
- SINDICATOS, REGISTRO DE LOS. (s/clave)
- SINDICATOS, REGISTRO DE LOS. (s/clave)
- SINDICATO, REGISTRO DE. SU NEGATIVA DEBEN RECLAMARLA LA TOTALIDAD DE LOS TRABAJADORES INTERESADOS. (s/clave)
- SINDICATOS, REGISTRO DE. (s/clave)
- SINDICATOS, CANCELACION DEL REGISTRO DE LOS. (s/clave)
- SINDICATOS, CANCELACION DEL REGISTRO DE LOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis