Corpus
Modo: Corpus Pro

TRABAJO EXTRAORDINARIO, PAGO DEL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 382766 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 4661

El tiempo extraordinario que trabaje un obrero en los Ferrocarriles Nacionales de México, se pagará, de acuerdo con las disposiciones del contrato colectivo de trabajo respectivo y de la Ley Federal del Trabajo, únicamente cuando se desarrolle un trabajo fuera de las horas reglamentarias para desempeñarlo; por lo que si una Junta, en su laudo, establece que el trabajo llevado a cabo por un obrero, fue desempeñado dentro de una jornada ordinaria, cumple precisamente con una de sus obligaciones, y no tiene, en consecuencia, el obrero, derecho al pago por tiempo extraordinario.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/382766-ea9c13f0/trabajo-extraordinario-pago-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión en materia de trabajo 3414/34. Sindicato de trabajadores Ferrocarrileros. 9 de septiembre de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salomón González Blanco. Relator: Octavio M. Trigo.

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