NUCLEOS DE POBLACIONES OBRERAS, CARACTER POLITICO DE LOS.
La situación en que se encuentran los núcleos de población obrera, perteneciente a determinada empresa, no puede tener como resultado el que los mismos se consideren segregados del régimen político de la entidad federativa a que pertenecen, pues sería absurdo suponer que porque un sector de población está asentado en un lugar determinado, por la clase de trabajo de sus componentes, el mismo no pueda ser controlado políticamente y esté fuera del régimen público respectivo, máxime, si en torno a la población obrera se establecen personas que desempeñan servicios accesorios a la industria respectiva, lo cual aumenta el número de los habitantes, por lo que la existencia de las Juntas Auxiliares, que ejercen el gobierno en esos poblados, de acuerdo con la ley orgánica municipal de la entidad federativa correspondiente, no destruye el carácter que tienen tales poblaciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/383485-417df4cc/nucleos-de-poblaciones-obreras-caracter-politico-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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