CONTRATOS DE TRABAJO.
Si los trabajadores abandonan sus labores sin causa justificada, concluye el contrato de trabajo y el patrono puede sustituirlos con otros trabajadores, sin que los primeros tengan derecho a que se les reponga en su empleo ni a que se les pague ninguna indemnización.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/384069-86e9e10c/contratos-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Confederación de Transportes y Comunicaciones. 30 de mayo de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Arturo Cisneros Canto y Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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