TRABAJADORES, DERECHOS DE LOS.
Si un trabajador abandona su empleo, no tiene derecho a ser reinstalado, pero si el patrono manifiesta que si se presenta el obrero está dispuesto a reinstalarlo, nace un nuevo derecho para dicho trabajador, en virtud del ofrecimiento hecho por el patrono, y en cuanto no se demuestre que el mencionado patrono falta a dicho ofrecimiento, no da lugar a dictar en su contra sentencia alguna condenatoria.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/381485-3f2e7159/trabajadores-derechos-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2322/36. Alcántara Delfina. 3 de septiembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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