ALLANAMIENTO DE MORADA, DELITO DE.
En el delito de allanamiento de morada, el objeto de la protección penal es la seguridad del domicilio, y se sanciona a quien viola la intimidad del mismo, introduciéndose sin la autorización correspondiente. Es claro además, que debe entenderse que el patio de una casa es dependencia de la misma, pues forma parte de la unidad habitada. Por "dependencia" en el caso del delito de allanamiento de morada, debe entenderse cualquier sitio unido a la habitación por donde habitualmente transiten los moradores y que sea utilizado y tenido como parte integrante de la habitación. Quedan fuera del ámbito de protección penal los lugares separados de la unidad habitada por los moradores.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/384427-0464fff8/allanamiento-de-morada-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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