RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO.
Por ser de índole civil la acción mediante la cual se reclama la responsabilidad civil proveniente de delito, a cargo de tercero, es de la misma naturaleza el procedimiento al través del cual se ejercita, independientemente de que sea planteada en forma de incidente ante la propia autoridad penal que conozca del proceso contra el sujeto penalmente responsable del delito, o que sea planteada ante una autoridad del fuero civil, lo que significa que el procedimiento de amparo, del mismo modo que el procedimiento del fuero común, se debe considerar de estricto derecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/384521-bf5b8b49/responsabilidad-civil-proveniente-de-delito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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