ALEGATOS.
El escrito de alegatos no constituye una pieza o elemento esencial del procedimiento, y de su no presentación ningún perjuicio ni sanción previene al litigante, salvo los que deriven de su natural merma en la defensa del asunto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385334-3cb289cf/alegatos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 1951/47. Rodarte María. 21 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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