NULIDAD, LA ACCION DE. NO COMPETE AL VENDEDOR (COPROPIETARIOS).
La acción de nulidad compete a quienes tienen interés jurídico en obtenerla, más no al vendedor, quien no podrá obtener una declaración judicial, en virtud de la cual la cosa reingrese a su patrimonio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385381-4ba25a3c/nulidad-la-accion-de-no-compete-al-vendedor · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 5911/51. Preza Carballo Rafael y coag. 23 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. ausente: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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