FALSEDAD, PRESCRIPCION DEL DELITO DE.
Si se prueba fehacientemente en autos que la acción penal por el delito de falsificación de un documento, ha prescrito, aun cuando se haya iniciado el proceso por la misma, esto significa que no llegó a resolverse sobre la falsedad de dicho documento y, por tanto, el efecto probatorio del mismo, en el procedimiento civil en que se ofrezca como prueba, no debe considerarse vulnerado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385547-db6b6b25/falsedad-prescripcion-del-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 1789/41. Alvarado Ana María y coag. 16 de enero de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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