ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL.
Si se comunicó al inquilino, dentro del período de arrendamiento voluntario, que debía desocupar dentro de los treinta días siguientes, porque el arrendador deseaba dar por terminado el contrato, y si, demandado el inquilino para obtener la desocupación, no produjo contestación y se le tuvo por confeso, debe declararse terminado el contrato y condenarse al inquilino a la desocupación y entrega de la localidad y al pago de las rentas que adeude en el momento de la entrega.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385600-38a060fb/arrendamiento-terminacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 910/51. Guzmán Barberena Alberto Enrique. 29 de julio de 1952. Mayoría de tres votos. Ausente: Mariano Azuela. Disidente: Gabriel García Rojas. Ponente: Angel González de la Vega.
Jurisprudencia relacionada
- ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL CONTRATO DE. NOTIFICACION AL ARRENDATARIO. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO POR TIEMPO DETERMINADO. PARA SU TERMINACIÓN SE REQUIERE ACUERDO EXPRESO DE LAS PARTES. (I.8o.C.160 C )
- ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL CONTRATO DE. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL, PARA OCUPAR LA FINCA DEL DUEÑO. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis