PRESCRIPCION, INTERRUPCION DE LA.
La prescripción se interrumpe no sólo por una demanda en forma; sino por cualquier otro género de interpelación judicial, tal como sucede en la especie, o sea el escrito inicial de las diligencias promovidas, en el que claramente se precisa que la promovente tiene derechos hereditarios sobre el bien de que se trata, y va a entablar la acción real correspondiente, de modo que cuando se le exhiba el título de la demanda, dicha promoción satisface los fines de una interpelación judicial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385619-15be70a0/prescripcion-interrupcion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3939/43. Robles de Uriza Isabel. 7 de noviembre de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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