FIANZA EN EL AMPARO.
La admisión de una garantía insuficiente o ilusoria, es de la responsabilidad exclusiva de la autoridad que la fija, razón por la cual ésta debe estimarse facultada para dejar insubsistente la referida garantía, al tener conocimiento de hechos que demuestren la insolvencia o incapacidad del fiador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385825-095f21ba/fianza-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 552/49. Ivonne Nathan de Talleri. 27 de noviembre de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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