FIANZA EN EL AMPARO.
Dadas las relaciones jurídicas que existen entre el fiador y el fiado, y la circunstancia de que la vigencia de la suspensión depende precisamente de la garantía otorgada, para acordar acerca de la cancelación de la fianza, debe darse vista al quejoso, a fin de que, en su caso, esté en la posibilidad de constituir nueva garantía.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281967-7d9d7416/fianza-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 285/26. Oviedo Francisco E. 24 de enero de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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