SOCIEDADES, RECONOCIMIENTO DEL CARACTER DE LAS.
Si el actor en un juicio ordinario civil exhibe como documentos base de su acción, unos vales por los que consta el crédito a favor de una sociedad mercantil, que ésta le cedió al mismo actor, el demandado no tiene obligación de demostrar que su acreedor era una sociedad de ese tipo, pues al presentar aquellos documentos, el mismo demandante está invocando esta circunstancia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385875-e804f137/sociedades-reconocimiento-del-caracter-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 4284/40. Banco de México, S. A. 9 de mayo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Ponente: Rafael Matos Escobedo.
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