AGRAVIOS, PRUEBA DE LOS.
Cuando la parte quejosa sostiene que la responsable no estudió sus pruebas, ni tomó en consideración los agravios que hizo valer, debe justificar la existencia de esos conceptos de violación, exhibiendo las constancias que acrediten cuáles fueron las pruebas que ofreció y los agravios que hizo valer en su apelación, ya que de no hacerlo así, por ausencia de dichas constancias, la Suprema Corte no está en condiciones de poder apreciar si efectivamente la autoridad responsable omitió el estudio de alguna de las pruebas ofrecidas o de alguno de los agravios hechos valer, y por lo mismo, los conceptos de violación aducidos al respecto, deben tenerse como infundados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/385885-dfecc393/agravios-prueba-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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