POSESION, PRUEBA DE LA PERDIDA DE LA.
Si los testigos presentados no coinciden en sus declaraciones, para demostrar que los trabajos efectuados en un terreno, se encontraban en un grado tal, que constituían un verdadero despojo de la posesión, es indudable que a quien se dice poseedor de ellos, no se le puede considerar como que ha perdido tal posesión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/386087-b35a0a55/posesion-prueba-de-la-perdida-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 8950/39. Mosso y Peña Jesús. 15 de octubre de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Ángel González de la Vega y García Rojas. Engrose: Felipe de J. Tena Ramírez.
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