Corpus
Modo: Corpus Pro

COMISIONISTAS, HONORARIOS DE LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 386320 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Sala Auxiliar · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2627

El comisionista tiene derecho a cobrar sus honorarios una vez que se haya celebrado el contrato que se concertó sobre comisión, aunque dicho contrato por su índole deba elevarse a escritura pública y no se haya hecho, pues supeditar el cobro de honorarios a tal requisito, a tanto equivaldría como a dejar el cumplimiento de la obligación del comitente de pagar la comisión de referencia, en cierta medida, a su arbitrio o al del comprador y del vendedor conjuntamente.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/386320-34b06649/comisionistas-honorarios-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo 5505/47. Galván Donaciano. 24 de septiembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.

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