CHOQUE O COLISION DE VEHICULOS. DELITOS EMANADOS DE UN.
Cuando los automóviles colisionados sean de propiedad particular, aunque el hecho hubiere ocurrido en una carretera de carácter federal, para la decisión de la controversia competencial es estrictamente aplicable la tesis de jurisprudencia que bajo el número 200 aparece publicada en la página 402 de la "compilación de jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia", publicada por el semanario judicial de la Federación en el año de 1955, cuyos términos son los siguientes: "Carreteras, delitos cometidos en las. Cuando el delito o accidente ocurridos en una carretera, afecten exclusivamente intereses particulares, como sucede, por ejemplo, cuando se trata del choque entre dos vehículos, y en nada se perjudica la seguridad o integridad del camino, ni tampoco su explotación, los hechos son del conocimiento del fuero común, y sólo serán de la competencia federal, cuando se afecten dichas seguridad o integridad".
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/386643-cc118cc4/choque-o-colision-de-vehiculos-delitos-emanados-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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