CUANTIFICACION DE LAS SANCIONES.
El hecho de que en el proceso aparezcan solamente circunstancias atenuantes en favor del acusado, tales como su anterior buena conducta y no haber sido condenado anteriormente, no obliga al juzgador a imponer el mínimo de la sanción aplicable al delito de que se trate; pues la imposición de las penas queda reservada al prudente arbitrio del juez, quien tomando en consideración la forma de ejecución y las características personales del delincuente, aquilatara su grado de peligrosidad, base de la cuantificación en todo delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/386879-ef1571bd/cuantificacion-de-las-sanciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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