IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACION, AUMENTO DEL 25% A LA TARIFA DEL.
El decreto presidencial de 6 de febrero de 1954, por virtud del cual se aumentaron en un 25% las cuotas especificas y ad-valorem de la tarifa correspondiente al Impuesto General de Importación, no es aplicable a los contratos mismos por virtud de los cuales se adquieren las mercancías sino a la importación de tales bienes; y no existe retroactividad si la repetida importación fue posterior a la entrada en vigencia del decreto combatido, vigencia que, según el mismo ordenamiento comenzó al tercer día siguiente a la publicación del propio dispositivo en el Diario Oficial de la Federación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/387074-e95f08f5/impuesto-general-de-importacion-aumento-del-25-a · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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