Corpus
Modo: Corpus Pro

ESTUPRO (LEGISLACION DE ZACATECAS).

Clave: — · Registro digital (IUS): 801183 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Segunda Parte; Pág. 40

La redacción del artículo 237 del Código Penal del Estado de Zacatecas, que describe y pune el estupro, lleva al conocimiento de que los elementos constitutivos del ilícito son: I. Una acción de cópula normal; II. Que esa cópula se efectúe con mujer mayor de catorce y menor de dieciocho años; III. Que la mujer sea, además, casta y honesta, y IV. Que se haya obtenido su consentimiento por medio de: a) engaño, o b) seducción.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801183-17850f65/estupro-legislacion-de-zacatecas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 7629/59. Juan Alvarado García. 23 de marzo de 1960. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.

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