Corpus
Modo: Corpus Pro

IMPRUDENCIA. CUANTIFICACION DE LA PENA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 801218 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIX, Segunda Parte; Pág. 44

Para la cuantificación de la pena, tratándose de delito imprudencial, el juzgador debe normar su arbitrio tomando en cuenta la mayor o menor facilidad de prever y evitar el daño y la magnitud de éste. Por tanto, no es irregular que la autoridad de segundo grado, por apelación del Ministerio Público, modifique el fallo del inferior adecuando la pena a las circunstancias antes mencionadas; pudiendo fijar el máximo cuando la previsibilidad sea fácil, la imprudencia grave y el daño la muerte de un ser humano.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801218-b35e19eb/imprudencia-cuantificacion-de-la-pena · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 5525/59. Ramón Ozuna Mayorga. 25 de noviembre de 1959. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.

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