ESTUPRO.
En el delito de estupro, el interés jurídico tutelado es la seguridad sexual y no la virginidad de las mujeres menores de dieciocho años, castas y honestas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/801799-eabd9159/estupro · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5516/58. Mariano Juárez Ortiz. 12 de noviembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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