Corpus
Modo: Corpus Pro

VIOLACION Y RAPTO. PUEDEN COEXISTIR AUTONOMAMENTE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 802119 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVI, Segunda Parte; Pág. 22

Si por hechos sucesivos e independientes, se consuma primeramente la violación y después el rapto, resulta evidente que pueden coexistir autónomamente ambos delitos, sin que existan razones legales o doctrinales válidas para estimar, ante los hechos indicados, que sólo existió uno de los delitos y que por ello únicamente debe aplicarse al inculpado una sola pena.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/802119-60fa01b2/violacion-y-rapto-pueden-coexistir-autonomamente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4839/63. Herminio Orozco Orozco. 28 de agosto de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.

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