FIANZAS, REQUERIMIENTO DE PAGO .
Para estimar fundado y motivado el requerimiento de pago en los términos de los artículos 95, 117, y 130 de la Ley de Instituciones de Finanzas, es necesario que el acto administrativo que se menciona esté acompañado de las siguientes constancias: la póliza de fianza, o copia certificada de la misma, y copias fehacientes de la diligencia en que se haya notificado el auto para la presentación del fiado y del acuerdo pronunciado por el Juez de la causa para ordenar que se haga efectiva la póliza.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/802536-2804f07c/fianzas-requerimiento-de-pago · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 433/56. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 19 de marzo de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
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