PERITOS. DICTAMENES NO OBJETADOS (AVALUO DE LA COSA ROBADA).
El concepto de violación relativo a que el dictamen pericial en que se hizo el avalúo de la cosa robada, parte de una base falsa, es infundado, si dicho dictamen no fue impugnado ante el Juez del orden común.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/802593-7a42b910/peritos-dictamenes-no-objetados-avaluo-de-la-cosa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5728/56. Manuel Pérez Guerrero. 1o. de agosto de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen VII, página 70, tesis de rubro "PERITOS.".
Volumen II, página 99, tesis de rubro "PRUEBA PERICIAL.".
Volumen I, página 85, tesis de rubro "PRUEBA PERICIAL. FALTA DE RATIFICACION DE LOS DICTAMENES.".
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