SALARIO, PRUEBA DEL MONTO DEL.
Si bien es cierto que la Cuarta Sala sostiene el criterio jurisprudencial de que en los casos de divergencia en las manifestaciones de la parte obrera y patronal respecto del salario percibido por el trabajador, corresponde a la parte patronal la prueba del monto respectivo por tener a su disposición los comprobantes liberatorios respectivos o poder aportar cualquier otra prueba para tal efecto, también lo es que, si dentro del juicio respectivo aparece algún hecho fehaciente que desvirtúe las pretensiones del trabajador, debe tomarse en cuenta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/802987-690ec84f/salario-prueba-del-monto-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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