PENA, IMPOSICION DE LA.
Si la responsable violó la garantía de tipicidad al clasificar el delito como perpetrado en riña, en la que el quejoso tuvo el carácter de provocado, a pesar de que el caso tiene todos los perfiles de homicidio simple intencional, es incuestionable que al proceder así, lo hizo aplicando en favor del quejoso, como él afirma, el principio jurídico de estar a lo más favorable al reo, y en razón de que el Ministerio Público clasificó el homicidio como perpetrado en riña; por lo que debe concluirse que la pena impuesta como sanción, si no está adecuada al daño, sí corresponde a la clasificación que del delito se hizo el Ministerio Público y que hiciera en uno y otro de los grados de la instancia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/803530-9ace4574/pena-imposicion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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