REVISION IMPROCEDENTE.
Es notoriamente improcedente la revisión interpuesta por las autoridades responsables en el juicio de amparo sobreseido a su favor, por estar inconforme con la circunstancia de que el Juez de Distrito no haya impuesto multa al quejoso al sobreseer en el amparo, ya que esta omisión no puede afectar los actos reclamados de las aludidas responsables.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/804607-09024f7a/revision-improcedente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1799/54. Vega Andrés C. 6 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.
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