PRUEBAS, EXAMEN DE LAS, POR EL JUZGADOR (TESTIGOS).
El moderno derecho procesal rechaza el examen aislado e independiente de cada prueba; pues la convicción del juzgador se ha de formar del mismo modo que se forma toda convicción humana, esto es, por el engarce y relación de los diferentes datos que llegan a su conocimiento; por lo que, el dicho de cinco personas que por sus relaciones habituales con las partes estuvieron en posibilidad de conocer los hechos que atestiguan, es suficiente para persuadir el ánimo del juzgador, por más que cada una de ellas separadamente no lo hubiera logrado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/804951-8056fd08/pruebas-examen-de-las-por-el-juzgador-testigos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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