ROBO DE INDIGENTE.
Nos desvirtúa la responsabilidad del reo, la circunstancia relativa a que la conducta desplegada al apoderarse del objeto materia de la acción antijurídica, estuviera determinada por la apremiante necesidad de dar satisfacción a las necesidades más estrictas de su familia, como lo son el sustento de la misma, s no aportó ninguna prueba para justificar su dicho atenta la circunstancia de que el valor de la cosa robada, resulta muy alto, tratándose de dar satisfacción a una necesidad estricta de alimentación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/805061-5c8fc837/robo-de-indigente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2250/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 14 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
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