TESTIGOS EN MATERIA PENAL.
Un testimonio que es vertido cuando ha transcurrido un lapso considerable, implica la posibilidad de que cerca de los testigos se hicieran sentir influencias que los determinaran a declarar alterando los hechos, callando la realidad de los acontecimientos y narrando circunstancias que resultaran benéficas a la situación jurídica del imputado, movidos unas veces por el temor, pero casi siempre por interés de un beneficio para los mismos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/805082-23220c26/testigos-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4013/48. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 28 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
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