TESTIGOS EN MATERIA PENAL.-
Un testimonio que es vertido cuando ha transcurrido un lapso considerable, implica la posibilidad de que cerca de los testigos se hicieran sentir influencias que los determinaran a declarar alterando los hechos, callando la realidad de los acontecimientos y narrando circunstancias que resultaran benéficas a la situación jurídica del imputado, movidos unas veces por el temor, pero casi siempre por interés de un beneficio para los mismos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/908089-9d722969/testigos-en-materia-penal-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4013/48.-Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente.-28 de octubre de 1953.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CXIX, página 3104, Primera Sala.
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