PRUEBA CONFESIONAL A CARGO DE PERSONAS MORALES.
Es inexacto que a efecto de garantizar una absoluta igualdad de las partes en el proceso, si a la parte actora se le impide ser representada en el acto de absolver posiciones, tampoco debe permitirse que los administradores o representantes legales de una persona moral como lo es una sociedad mercantil, se hagan a su vez representar por otra persona, pues cuando se trata de la confesión de quienes ejerzan funciones de dirección o de administración el único caso en que la ley no permite la absolución de posiciones por medio de apoderado es cuando los hechos que dieron origen al conflicto sean propios de ellos, siempre que el oferente de la prueba precise el nombre concreto del absolvente y solicite que sea citado para que comparezca personalmente, ya que de no ser así puede absolver posiciones a nombre de la sociedad cualquiera que acredite tener poder bastante para hacerlo.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/805594-fddab1a7/prueba-confesional-a-cargo-de-personas-morales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRUEBA CONFESIONAL A CARGO DE UNA PERSONA MORAL. QUIEN DEBE ABSOLVER POSICIONES EN SU REPRESENTACION. (s/clave)
- PRUEBA CONFESIONAL. CUANDO SE OFRECE A CARGO DE PERSONAS FÍSICAS POR HECHOS PROPIOS Y COMO REPRESENTANTES DE LA EMPRESA DEMANDADA, DEBE ADMITIRSE CON AMBOS CARACTERES.- (871)
- PRUEBA CONFESIONAL. CUANDO SE OFRECE A CARGO DE PERSONAS FÍSICAS POR HECHOS PROPIOS Y COMO REPRESENTANTES DE LA EMPRESA DEMANDADA, DEBE ADMITIRSE CON AMBOS CARACTERES. (IV.3o.A.T.60 L )
- PRUEBA CONFESIONAL A CARGO DE PERSONA MORAL, ES CORRECTO SU DESAHOGO POR CONDUCTO DE REPRESENTANTE LEGAL AUTORIZADO ANTE NOTARIO. (s/clave)
- PRUEBA CONFESIONAL A CARGO DE UNA PERSONA MORAL, ES LEGAL SU RECEPCION POR CONDUCTO DE APODERADO FACULTADO PARA ABSOLVER POSICIONES. (s/clave)
- PRUEBA CONFESIONAL. PODRÁ DESAHOGARLA EL APODERADO O EL REPRESENTANTE, TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES, CON LA SOLA PROHIBICIÓN AL OFERENTE DE SEÑALAR PARA ABSOLVER POSICIONES A PER (1294)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis